Yosef Bitton –
La segunda parte de la Ketubá establece las obligaciones del marido hacia su esposa, mientras están casados. El novio declara a su futura esposa que la está tomando legalmente como su esposa “de acuerdo con la ley de Moisés e Israel”, lo que implica que el novio acepta todas las responsabilidades de un marido judío.
La Torá estableció las tres obligaciones principales del marido hacia su esposa
Algunas ilustraciones de Maimónides sobre este punto:
MT, Ishut 12:10-11: “El marido está obligado a suministrar comida a su esposa y a sus hijos de acuerdo con sus medios materiales. Una persona pobre debe proporcionar sólo dos comidas al día, y un marido en buena posición debe proveer a su familia alimentos nutritivos (carne, pescado, o lo que sea la costumbre local de las personas afluentes) todos los días.”
MT, Ishut 12:16-17: “Si el esposo sale de su casa para un viaje de negocios en el extranjero (en la antigüedad la gente viajaba al extranjero durante meses o años, y prácticamente no había ninguna posibilidad de comunicación) y la esposa se queda sin medios materiales para obtener sus alimentos, la corte rabínica puede confiscar y vender las propiedades del marido para alimentar a su esposa e hijos, con la condición que hayan pasado por lo menos tres meses desde que el marido salió de su casa. La suposición es que los maridos responsables dejan a sus familias, lo necesario para por lo menos 90 días.
Ilustraciones:
Ropa: El marido tiene que suministrar a su mujer con la ropa apropiada para cada estación del año. En cuanto a la calidad de la ropa, la regla es que el marido debe proveer a su esposa con un nivel de ropa de acuerdo con: a) lo que el marido puede permitirse, y b) la costumbre local. Por ejemplo, las necesidades sociales de una mujer que vive en una granja no son las mismas que las necesidades de una mujer que vive en la ciudad (Maimónides, MT ishut 13: 2). Esta categoría también incluye la obligación del marido de proporcionar a su esposa artículos que no son de primera necesidad (o superfluos), tales como joyas, cosméticos, etc., a un nivel que resulta del balance entre las posibilidades financieras del marido y las necesidades sociales de la esposa (13:4).
Lugar de residencia: El lugar de residencia a veces se determina y se escribe en la Ketubá, si marido y mujer lo han acordado de antemano. Si luego el marido desea cambiar el lugar de residencia acordado se espera que la esposa no se oponga. Algunas excepciones son: 1. Un barrio de mala reputación (13:15), la esposa puede negarse a trasladarse a un lugar violento o corrupto. 2. Israel: si la pareja acordó vivir en Israel, la esposa puede negarse a salir de Israel, o si viven en Jerusalem, ella puede negarse a salir de Jerusalem. (13: 19-20).
Es importante aclarar que el propósito principal de la Mitsvá de ‘oná es reforzar el vínculo matrimonial de amor entre marido y mujer. En un mitsva aparte la Torá indica el mandamiento de tener hijos (perú urbú) y esta mitsva, ‘oná, es independiente de la intención de la procreación. Ilustración: cuando la concepción no es posible, por ejemplo, durante el embarazo o cuando la mujer se encuentra bajo una forma admisible de control de la natalidad, etc. todavía se espera que la pareja tenga una vida íntima activa.
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